SCJN

Morena impulsará nueva ley contra Ciberasedio sin los foros lo determinan

Congreso de Puebla revisa Ley de Ciberasedio tras fallo de SCJN; proponen eliminar artículo 480 y abrir debate con periodistas
Aure Navarro | 21 Abril, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue. La bancada de Morena en el Congreso local abrió la posibilidad de impulsar una nueva legislación en materia de ciberacoso, siempre que se logren consensos a través de mesas de trabajo, foros y análisis en los que participen periodistas y especialistas.

El coordinador de la bancada mayoritaria en la LXII Legislatura, Pável Gaspar, reiteró que el Poder Legislativo acatará la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual declaró la invalidez de la Ley de Ciberasedio.

 

Impulsan derogación del artículo 480

En este contexto, explicó que diputadas de distintas fuerzas políticas presentaron la derogación del artículo 480 del Código Penal de Puebla.

Se trata de Esther Martínez del Partido del Trabajo (PT), Susana Riestra Piña del Partido Acción Nacional (PAN) y Fedrha Suriano Corrales de Movimiento Ciudadano (MC), quienes coincidieron en la necesidad de modificar el marco legal vigente.

 

Análisis en Comisión de Procuración y Justicia

La propuesta se encuentra actualmente en la Comisión de Procuración y Justicia, donde será analizada para avanzar en el dictamen correspondiente.

El presidente de dicha comisión, Mauricio Céspedes Peregrina, será el encargado de conducir el proceso legislativo que podría derivar en la derogación de la Ley de Ciberasedio en su artículo 480.

“Estamos en espera de que el compañero Mauricio Céspedes trabaje el tema en la comisión. Nosotros siempre vamos a respetar cualquier ordenamiento de la Suprema Corte, así lo hemos hecho”, señaló Pável Gaspar.

Morena impulsará nueva ley contra Ciberasedio sin los foros lo determinan

 

SCJN invalida artículo por inconstitucionalidad

Cabe recordar que la SCJN invalidó el artículo 480 del Código Penal de Puebla el pasado 14 de abril de 2026, al resolver diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas, entre otros organismos, por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Las acciones corresponden a los expedientes 81/2025 y 88/2025, con lo que se ordenó dejar sin efectos dicha disposición legal.

*BC

 

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Incertidumbre legislativa de cómo reforzar el tema del Ciberasedio

Fedrha Suriano llama a evitar errores en nueva ley de ciberasedio en Puebla; SCJN anuló artículo 480 por ambigüedad
Aure Navarro | 20 Abril, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue. La diputada local de Movimiento Ciudadano (MC), Fedrha Suriano Corrales, exhortó al Congreso del Estado a analizar con responsabilidad la posibilidad de reformar o crear un nuevo marco legal sobre el ciberasedio.

La legisladora subrayó que cualquier propuesta debe contar con una redacción clara y precisa, que permita su correcta interpretación tanto por la ciudadanía como por las autoridades ministeriales y judiciales.

Lo anterior, con el objetivo de no repetir fallas como las detectadas en el artículo 480, el cual generó controversia tras su aprobación.

Incertidumbre legislativa de cómo reforzar el tema del Ciberasedio

 

SCJN anuló el artículo 480 por inconstitucional

Suriano Corrales recordó que la Ley de Ciberasedio, incluida en el artículo 480 del Código Penal de Puebla, fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La resolución, emitida el 14 de abril de 2026, derivó de las acciones de inconstitucionalidad 81/2025 y 88/2025, en las que se determinó que la norma presentaba deficiencias legales.

Incertidumbre legislativa de cómo reforzar el tema del Ciberasedio

 

Ambigüedad y violación a derechos fundamentales

La SCJN concluyó que el delito de “ciberasedio” era inconstitucional debido a su ambigüedad y a la posible violación de derechos fundamentales, en particular por no cumplir con el principio de taxatividad.

El texto legal incluía conceptos como “vigilar”, “hostigar”, “ofender” o “intimidar” sin delimitar su alcance, lo que impedía identificar con claridad las conductas sancionables.

 

Proponen criterios para nueva legislación

Ante este escenario, la diputada planteó que, si el Congreso local decide retomar el tema, deberá considerar:

  • Definiciones claras y específicas
  • Daño comprobable
  • Respeto a la libertad de expresión
  • Uso proporcional del derecho penal
  • Evitar duplicidad normativa

*BC

 

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La vieja Corte concedió "licencias doradas" a 49 funcionarios de alto nivel

La Suprema Corte otorgó licencias con goce de sueldo a 49 funcionarios, generando críticas por opacidad y uso de recursos públicos
Redacción | 20 Abril, 2026
Cuerpo

Una investigación exhibe que la Suprema Corte de Justicia de la Nación operó un esquema de “licencias doradas”, mediante el cual decenas de funcionarios se ausentaron de sus cargos sin dejar de recibir salario.

Este mecanismo, vigente durante años previos a la reforma judicial, ha generado cuestionamientos sobre el uso de recursos públicos dentro del Poder Judicial.

 

Funcionarios con permisos pagados

Al menos 49 altos funcionarios fueron beneficiados con este tipo de licencias, justificadas bajo la figura de “asuntos personales graves”.

En algunos casos, los permisos se extendieron durante varios meses, lo que permitió a los servidores públicos mantenerse fuera de sus funciones con ingresos íntegros, sin afectación económica.

La vieja Corte concedió "licencias doradas" a 49 funcionarios de alto nivel

 

La vieja Corte concedió "licencias doradas" a 49 funcionarios de alto nivel

 

Pagos sin trabajar y duplicidad de recursos

El esquema no solo implicó el pago de salarios a funcionarios ausentes, sino también la contratación de personal interino para cubrir sus funciones.

Esto derivó en un doble gasto público, ya que:

  • Se mantuvo el sueldo del funcionario con licencia
  • Se asignaron recursos para suplentes
  • Se incrementó la carga presupuestaria

La situación ha sido señalada como un uso ineficiente de los recursos del Estado.

 

Opacidad y reserva de información

Uno de los puntos más controvertidos es que los detalles de estas licencias fueron clasificados como información confidencial.

El argumento oficial fue la protección de datos personales; sin embargo, especialistas consideran que esta decisión limita la transparencia en el Poder Judicial y dificulta la rendición de cuentas.

La vieja Corte concedió "licencias doradas" a 49 funcionarios de alto nivel

 

Críticas en medio de la reforma judicial

El caso surge en un momento clave, tras los cambios impulsados para reformar el sistema judicial en México.

Analistas señalan que este tipo de prácticas evidencian la necesidad de:

  • Eliminar privilegios discrecionales
  • Fortalecer mecanismos de fiscalización
  • Garantizar mayor apertura institucional

La polémica ha reavivado el debate sobre la legitimidad y funcionamiento de las instituciones judiciales.

 

Desigualdad frente a otros trabajadores

Mientras estos beneficios eran otorgados a funcionarios de alto nivel, la mayoría de los trabajadores en México no cuenta con condiciones similares.

Esta disparidad ha sido uno de los principales puntos de crítica, al evidenciar una brecha entre la élite del sistema judicial y la ciudadanía.

*BC

 

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Con foros de consulta se debe crear nueva figura jurídica para sancionar el Ciberasedio: PAN

PAN en Puebla pide proceso abierto para legislar sobre ciberasedio y evitar riesgos a la libertad de expresión tras fallo de la SCJN
Alma Méndez | 16 Abril, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue.- Legisladores del PAN en Puebla advirtieron que cualquier reforma relacionada con el ciberasedio en Puebla debe construirse mediante un proceso abierto y participativo, luego de que la SCJN invalidara el artículo 480 del Código Penal estatal.

La diputada Susana Riestra Piña subrayó que el Congreso debe evitar la sobrelegislación y, en su lugar, concentrarse en mejorar las leyes existentes en materia de violencia digital en Puebla.


Susana Riestra


Llaman a fortalecer el marco jurídico vigente

En entrevista, la legisladora consideró que no es necesario crear nuevos delitos, ya que el marco legal actual puede ajustarse para atender problemáticas como el ciberacoso.

Además, destacó que la resolución judicial evidenció deficiencias en el trabajo legislativo, al recordar que desde hace tiempo se habían señalado posibles errores y duplicidades en la norma.


Congreso de Puebla


Proponen foros y participación ciudadana

Por su parte, el coordinador panista Marcos Castro Martínez insistió en que cualquier iniciativa debe surgir de un proceso incluyente, con la participación de especialistas, colectivos y sociedad civil.


Marcos Castro


Asimismo, afirmó que una reforma no debe imponerse por mayoría, sino construirse con consenso para evitar vulneraciones a los derechos fundamentales.


Ciberasedio


Vigilancia ante futuras reformas

El legislador sostuvo que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó las críticas del PAN, ya que el artículo invalidado contenía ambigüedades que podían afectar la libertad de expresión.

Finalmente, aseguró que el partido mantendrá vigilancia sobre cualquier propuesta en el Congreso de Puebla, con el fin de garantizar que las reformas cuenten con respaldo social y respeten los derechos humanos.

*ARD

El Congreso de Puebla deberá plantear alternativas contra el Ciberacoso: Armenta

Armenta descarta retroceso por fallo de la SCJN sobre ciberacoso y señala que Congreso analizará nuevas leyes
Silvino Cuate | 16 Abril, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue. El gobernador Alejandro Armenta Mier afirmó que las leyes pueden ser modificadas, perfeccionadas o derogadas, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidara el artículo 480 del Código Penal de Puebla, relacionado con la Ley de Ciberacoso.

El mandatario subrayó que su administración respeta las resoluciones judiciales y reiteró que el Estado mexicano continuará garantizando los derechos constitucionales, en apego al artículo 4º de la Constitución.

El Congreso de Puebla deberá plantear alternativas contra el Ciberacoso: Armenta

 

Armenta descarta retroceso tras fallo de la SCJN

El titular del Ejecutivo estatal rechazó que la decisión de la SCJN represente un revés, al señalar que la transformación de las leyes es parte natural del sistema democrático.

“Las leyes son instrumentos que evolucionan; algunas se aprueban, otras se derogan y otras se perfeccionan. Es parte del marco normativo del país”, expresó.

 

Congreso de Puebla analizará nuevas alternativas

Ante este escenario, indicó que será el Congreso de Puebla el encargado de revisar posibles ajustes o propuestas que permitan establecer mecanismos legales para combatir el ciberacoso y el ciberasedio.

El objetivo, dijo, será mantener la protección a la ciudadanía dentro de un marco legal sólido y respetuoso de los derechos humanos.

*BC

 

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Falla la Corte vs. morenistas

Del Reportero
Fernando Crisanto | 16 Abril, 2026
Cuerpo

El revés jurídico y político del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que invalidó el delito de ciberasedio en Puebla, propició que el coordinador de los diputados locales de Morena, Pavel Gaspar, anunciara que Morena impulsará un nuevo tipo penal para sancionar el acoso digital. Sintió el golpe.

Tan severo fue que el legislador afirmó en redes sociales que la Legislatura acatará la resolución del Máximo Tribunal y abrogará el artículo 480 del Código Penal poblano.

En su sesión del martes, los ministros reconocieron la problemática del acoso digital y puntualizaron que en Puebla las infancias y adolescencias merecen una protección efectiva, pues son los más afectados por la violencia en redes sociales.

Aceptó que la sanción al ciberasedio –que castigaba con hasta tres años de cárcel a los actos de vigilancia, intimidación, hostigamiento y ofensa– no fue precisa.

“La Corte no dijo que el problema no existe, señaló que el instrumento legal no fue suficientemente preciso. Por ello, el grupo parlamentario de Morena presentará ante el Congreso del estado la abrogación del artículo 480 cumpliendo lo que nuestra Constitución exige. Simultáneamente, promoveremos una nueva figura jurídica que proteja a las personas del ciberacoso con la rigurosidad técnica que la Corte nos demanda”, precisó el diputado de Morena.

La reforma penal fue aprobada por la LXII Legislatura en junio del año pasado, después hubo mesas de diálogo donde especialistas advirtieron que la norma representaba un riesgo a la libertad de expresión. Los diputados no los escucharon.

El delito no se derogó y fue reformado el 11 de julio de 2025 para actualizar los verbos rectores de “vigilar, hostigar, intimidar y ofender”, además de establecer que se actualizaba el delito cuando la conducta es reiterada y causa afectaciones a la víctima.

Pero los ministros de la Corte declararon sin validez el artículo 480 del Código Penal de Puebla, que sanciona el delito de ciberasedio, al señalar que es ambiguo y no especifica qué sanciona.

Trabaja con grandes deficiencias la Cámara de Diputados que la vigencia de la Ley Ciberasedio no fue siquiera de un año, pues después de ser avalada por la aplastante mayoría morenista, se realizaron foros para explicar en qué consistía el delito.

En la sesión del pleno de la SCJN se informó de la acción inconstitucional que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos al considerar que era ambigua en su redacción. El ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía explicó que el artículo 480 no es preciso y deja ambigüedades en la toma de decisiones para sancionar a quien sea acusado.

La crítica a los diputados de Morena, que fue avalada por la mayoría de ministros y ministras, señala:

"La descripción de las acciones sancionadas por el legislador local es demasiado ambigua porque no permite a los destinatarios conocer, con suficiente precisión, cuáles son las acciones que deben evitar llevar a cabo para no ser sancionados penalmente”.

El presidente de la SCJN, el ministro Hugo Aguilar Ortiz, explicó que existe una sobre legislación con el artículo 278 nonies del Código Penal, que castiga el acoso, pues los verbos se pueden asimilar. “El legislador busco tipificar el ciberacoso y el ciberasedio, su redacción es parecida, no quedarán estas conductas sin sanción y voy a acompañar el proyecto”, adelantó.

Hubo ministros que no apoyaron la causa, como María Estela Ríos González, quien se declaró en contra porque consideró que aprobar la nulidad del delito dejará indefensos a los menores y mujeres, lo cual no se debe permitir.

Lenia Batres Guadarrama precisó que ella estaba en contra “sólo del verbo rector de vigilancia”, sin embargo, avala toda la ley debido a que considera que cuida a los niños, niñas y mujeres, además de que vela por la libertad de expresión. La ministra Sara Irene Herrerías Guerra consideró que el ciberasedio vulnera la taxatividad y prevé que se castigue sin fundamento.

Tras la discusión, la votación quedó: Hugo Aguilar Ortiz, Giovanni Figueroa, Arístides Guerrero, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz, Irving Espinosa votaron a favor del proyecto; mientras que Lenia Batres, María Estela Ríos y Sara Irene Herrerías, en contra, defendiendo a los morenistas poblanos.

El revés de la Corte a los diputados locales de Morena fue severo, no es la primera vez que echan abajo normas de los poblanos, pero políticamente fue contundente porque demostró que los legisladores del estado no tienen forma de litigar a su favor y menos de legislar sin afectar derechos constitucionales.

De las anécdotas que se cuentan

En la LXII Legislatura (2024-2027) del Congreso Local, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó artículos de siete leyes aprobadas por las y los diputados locales, por invadir competencias federales, establecer cobros considerados excesivos en los municipios y vaguedad en sus sanciones.

Un revés derivó de la controversia constitucional 217/2025, tramitada por la Consejería Jurídica del gobierno federal contra la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Puebla, pues permitía reservar información del estado por razones de seguridad nacional.

La legislación aprobada por los diputados en julio de 2025, e impulsada por el titular del Poder Ejecutivo local, atribuyó funciones de acceso a la información en materia de partidos políticos y sindicatos, lo cual únicamente corresponde al Congreso de la Unión.

Entre los decretos con artículos invalidados por la SCJN también figuran las leyes de ingresos municipales para el ejercicio 2025, aprobadas por la LXII Legislatura en diciembre de 2024 e impugnadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por incluir cobros excesivos y desproporcionados.

En la mitad de su gestión la actual legislatura de mayoría morenista no da pie con bola y recibe otro revés del Máximo Tribunal de la Nación.

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*ARD

Incertidumbre por bloqueo de cuentas

Del Reportero
Fernando Crisanto | 14 Abril, 2026
Cuerpo

Hay una preocupación que empieza a crecer en el país, el bloqueo de cuentas por la Unidad de Inteligencia Financiera, avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo sin orden judicial previa.

La medida genera riesgos como la posible discrecionalidad gubernamental, inseguridad jurídica para inversionistas, y la parálisis operativa de empresas, afectando pagos de nómina y proveedores.

Se teme que la facultad administrativa sea utilizada sin un rigor técnico estricto, afectando a personas o empresas sin pruebas sólidas. Incluye a personas físicas o morales en la Lista de Personas Bloqueadas de la UIF, genera un daño a su prestigio inminente y aumenta la fiscalización por parte del SAT.

El congelamiento inmediato puede detener la operación de negocios, impidiendo el pago de nóminas, proveedores o créditos.

Aunque el comunicado de la SCJN garantiza el derecho de audiencia, los procesos para desbloquear cuentas pueden tomar meses o años. Expertos señalan que esta medida podría mermar la confianza de inversionistas, aumentando la percepción de riesgo en México.

La medida es considerada por el prevenciondelavado.com como un mecanismo de "cero impunidades", pero su aplicación pone en tensión los derechos humanos y de seguridad jurídica.

Resulta que la resolución de la Corte permite a la UIF bloquear cuentas bancarias consideradas sospechosas de operaciones ilícitas, lo que preocupa sobre un posible uso discrecional del mecanismo por parte del gobierno.

Si la UIF considera que existe lavado de dinero, buscará bloquear las cuentas bancarias de la persona o empresa involucrada sin previo aviso, con el fin de frenar operaciones ilegales en tiempo real. Esta decisión, se justifica con los compromisos que firmó México en meses recientes con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Resulta violatorio al principio de inocencia, al derecho a la defensa, al derecho de saber qué se la acusa, al principio de contradicción.

Aunque la Corte determinó que las personas se pueden defender de ese bloqueo de cuentas, los expertos destacan que estos procesos aclaratorios pueden tomar desde meses hasta años.

La UIF debe respetar los plazos fijos y definidos para que las personas afectadas puedan defenderse: 5 días hábiles a los interesados para solicitar una audiencia tras ser notificados, 10 días para presentar pruebas y alegatos, y debe emitirse una resolución en un máximo de 15 días.

El año pasado, el sistema financiero en México se sacudió cuando el Departamento del Tesoro señaló a tres instituciones financieras por presunto lavado de dinero y financiamiento a organizaciones del narcotráfico.

Los señalamientos derivaron en el cierre de operaciones de dos bancos y una casa de Bolsa.

Tras ese episodio, México firmó acuerdos con el gobierno de Estados Unidos para fortalecer los trabajos de prevención de lavado de dinero y esta medida es la que busca poner solución.

Es importante que la UIF revisará a detalle las actividades vulnerables que incluyen a las compañías automotrices, inmobiliarias, joyerías, casas de cambio, bancos, casas de juegos y apuestas.

Preocupa la resolución de la Corte que autoriza a la UIF a bloquear cuentas bancarias consideradas sospechosas de operaciones ilícitas, el uso discrecional del mecanismo por parte del gobierno, propicio temor, inseguridad jurídica para los inversionistas y en el corto plazo obliga a los empresarios, de cualquier ramo, a frenar sus proyectos de nuevas empresas.

Hay incertidumbre.

De las anécdotas que se cuentan

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió diversos asuntos relevantes en materia de privacidad digital, derecho penal y justicia civil, durante su sesión del 8 de abril de pasado.

En uno de los casos, determinó que el fraude conocido como SIM, swapping, constituye un ilícito grave que vulnera la privacidad, los datos personales y la seguridad patrimonial.

El caso derivó de una usuaria en la Ciudad de México cuya línea telefónica fue entregada a un tercero por negligencia de la compañía, lo que permitió el acceso a sus cuentas digitales y la difusión de contenido íntimo.

La Corte concluyó que la empresa incurrió en responsabilidad civil por no cumplir con los estándares de verificación necesarios al reponer la tarjeta SIM, y ordenó fijar una indemnización por daño moral. Estableció que las compañías telefónicas deben aplicar medidas estrictas de identificación y seguridad, y juzgar estos casos con perspectiva de género, evitando la revictimización.

En otro asunto, el Pleno validó el delito de peculado previsto en el Código Penal de Colima, al considerar que está claramente definido. Sin embargo, invalidó su carácter imprescriptible, al señalar que esta figura debe reservarse únicamente para delitos graves contra la humanidad.

La SCJN confirmó que en juicios civiles solo se puede ampliar la demanda una vez, con el fin de evitar procesos interminables y garantizar una justicia pronta.

Con estas resoluciones, la SCJN refuerza la protección de derechos como la privacidad, la imparcialidad judicial y el acceso efectivo a la justicia en México.

Aunque con el bloqueo de cuentas por la Unidad de Inteligencia Financiera, avalado para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo sin orden judicial previa genera riesgos y temor entre personas físicas y morales.

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*ARD

Suprema Corte podría anular delito de ciberasedio en Puebla por ambigüedad legal

SCJN analiza anular el delito de ciberasedio en Puebla por violar libertad de expresión y carecer de claridad legal
Aure Navarro | 12 Abril, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el próximo 14 de abril un proyecto que plantea invalidar el delito de ciberasedio en Puebla. La propuesta busca eliminar el artículo 480 del Código Penal estatal.

El documento fue elaborado por el ministro Giovanni Azael Figueroa, quien argumenta que la norma presenta deficiencias graves en su redacción. Además, sostiene que podría vulnerar la libertad de expresión.

En ese contexto, el pleno decidirá si la disposición es inconstitucional y debe dejar de aplicarse.


Ley de ciberasedio


Falta de claridad en la norma

El proyecto destaca que el tipo penal no define con precisión las conductas que sanciona. Por ello, incumple el principio de taxatividad, que exige claridad en las leyes penales.

Asimismo, advierte que esta ambigüedad permite interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades. En consecuencia, se podría sancionar indebidamente a personas por expresiones en redes sociales.

Aunque la ley establece penas de hasta tres años de prisión, el documento señala que no existe una delimitación clara de los actos considerados delito.

Derechos humanos en el centro del debate

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió la impugnación al considerar que la norma puede criminalizar opiniones. Además, alertó sobre un posible efecto inhibidor en la participación ciudadana.

Por otro lado, el proyecto subraya que el derecho penal debe utilizarse como último recurso. Por ello, considera desproporcionado aplicar sanciones de prisión en estos casos.


Ley de ciberasedio


Mientras tanto, tribunales federales ya han otorgado amparos contra esta disposición, lo que refuerza los argumentos de inconstitucionalidad.

Impacto en Puebla y precedente nacional

De aprobarse el proyecto, el artículo 480 quedaría invalidado en todo el estado. Esto generaría efectos generales y obligaría a revisar procesos en curso.

Asimismo, la resolución podría beneficiar a personas investigadas bajo este delito, al aplicar efectos retroactivos a su favor.

Finalmente, la decisión de la Corte marcaría un precedente clave en la regulación del entorno digital en México. De esta manera, se establecerían límites claros entre la protección contra el acoso y el respeto a la libertad de expresión.

*ARD

Suprema Corte alquila 91 vehículos y mantiene en secreto su costo

Suprema Corte mantiene en secreto el gasto de 91 autos rentados; debate entre seguridad y transparencia en el uso del dinero público
Redacción | 27 Marzo, 2026
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfrenta cuestionamientos luego de que se revelara que mantiene bajo reserva el costo de 91 vehículos rentados, como parte de su flotilla oficial, lo que ha reavivado el debate sobre transparencia y uso de recursos públicos en el Poder Judicial.

Aunque el máximo tribunal reconoció la existencia de estos contratos de arrendamiento, decidió clasificar información clave como precios, modelos y características de las unidades, argumentando motivos de seguridad institucional.

 

Un parque vehicular amplio y bajo reserva

De acuerdo con datos oficiales, la SCJN dispone de 151 vehículos en total, de los cuales 91 son rentados mediante contratos con terceros. Estas unidades son utilizadas para actividades administrativas, traslados y funciones operativas del tribunal.

Sin embargo, la falta de información detallada sobre el costo total del arrendamiento ha generado críticas, ya que se trata de recursos provenientes del erario público.

 

La justificación: seguridad de funcionarios

El Comité de Transparencia de la Corte determinó reservar los datos relacionados con estos vehículos por un periodo de hasta cinco años, bajo el argumento de que su difusión podría:

  • Poner en riesgo la integridad de ministros y personal
  • Exponer estrategias de seguridad
  • Permitir identificar niveles de protección de funcionarios

Según la SCJN, revelar detalles como el tipo de vehículo o su valor económico podría facilitar vulnerabilidades en los esquemas de protección institucional.

Suprema Corte alquila 91 vehículos y mantiene en secreto su costo

 

Vehículos blindados y renovación de flotilla

El debate se intensificó tras conocerse la adquisición de unidades con blindaje, utilizadas principalmente por altos funcionarios del Poder Judicial.

La Corte ha defendido esta decisión señalando que responde a la necesidad de garantizar condiciones adecuadas de seguridad, ya que algunas unidades anteriores no cumplían con los estándares requeridos.

No obstante, la falta de transparencia sobre el costo de estas adquisiciones ha alimentado las críticas en torno al manejo de recursos públicos.

Suprema Corte alquila 91 vehículos y mantiene en secreto su costo

 

Reacciones políticas y exigencias de claridad

El tema ha escalado al ámbito político. La presidenta Claudia Sheinbaum solicitó mayor claridad sobre el uso de estos recursos y subrayó la importancia de que las instituciones públicas mantengan criterios de transparencia.

Especialistas en rendición de cuentas han advertido que la reserva de información en casos como este puede debilitar la confianza ciudadana y limitar la vigilancia del gasto público.

 

Transparencia vs seguridad: el eje del conflicto

El caso ha colocado en el centro del debate dos principios fundamentales:

  • El derecho a la información pública
  • La protección de la seguridad institucional

Mientras la SCJN insiste en que la reserva es necesaria para proteger a sus integrantes, críticos sostienen que el ocultamiento de datos impide evaluar el uso eficiente de los recursos públicos.

 

Implicaciones para el Poder Judicial

La decisión de clasificar información sobre el parque vehicular podría sentar un precedente en la forma en que otras instituciones del Estado manejan datos relacionados con seguridad y gasto público.

Entre las principales implicaciones destacan:

  • Mayor escrutinio sobre contratos de arrendamiento
  • Debate sobre límites de la transparencia
  • Cuestionamientos sobre la rendición de cuentas en el Poder Judicial

*BC

 

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Se mantienen titulares de Secretaría y área jurídica del Congreso pese a exhorto de la SCJN

Diputada Susana Riestra pide remoción de funcionarios del Congreso de Puebla por omisiones en la controversia de la SCJN; cargos se mantienen
Aure Navarro | 13 Marzo, 2026
Cuerpo

Puebla, Pue. Se mantendrán en sus cargos Julio Leopoldo de Lara Varela, como Secretario General, y Jesús Juárez Lezama, titular del área jurídica, ambos en el Congreso local, luego de ser señalados por actuar con omisión y dolo ante la controversia que inició la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la reforma a la Constitución local en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.

Al ser cuestionado sobre la petición de la diputada panista Susana Riestra para su salida del Congreso local, Polo de Lara declaró: “al Secretario General no le corresponde dar declaraciones” y pidió analizar con detalle lo ocurrido.

Por su parte, Jesús Juárez Lezama, responsable del Jurídico, señaló: “nada que decir, no me corresponde, solo me corresponde realizar la chamba técnica”.

Se mantienen titulares de Secretaría y área jurídica del Congreso pese a exhorto de la SCJN

 

Posición del presidente del Congreso

El presidente del Congreso local, Pável Gaspar Ramírez, afirmó que, aunque Polo de Lara y Jesús Juárez permanezcan en sus cargos, la solicitud de la diputada Susana Riestra seguirá su proceso legal correspondiente.

Ramírez agregó que, como líder del Congreso, asume responsabilidad total sobre lo que ocurre dentro del Poder Legislativo y que se compromete a mantener comunicación constante sobre los temas que se atienden.

El funcionario destacó: “el Secretario General es un hombre con experiencia, ha tenido múltiples aciertos. La trayectoria de Polo de Lara incluye su labor como diputado desde la LIV Legislatura (1999-2002) y su participación en la Academia de los Medios. No puedo determinar si se va o se queda; se dará seguimiento a las propuestas que se presenten”.

 

Solicitud de remoción por parte de Susana Riestra

El jueves 12 de marzo, la diputada local Susana Riestra Piña solicitó la remoción de los titulares de la Secretaría General y del Área Jurídica del Congreso, debido a la grave omisión que cometieron frente a la controversia emitida por la SCJN.

La panista criticó que Julio Leopoldo de Lara Varela pasara por alto la representación de los 41 diputados, intentando asumir funciones como si fuera el “diputado 42” de la LXII Legislatura.

Se mantienen titulares de Secretaría y área jurídica del Congreso pese a exhorto de la SCJN

 

Falta de información a los diputados

Susana Riestra señaló que la problemática radica en que el Congreso local nunca informó a los 41 diputados sobre el proceso de la controversia, la cual se desarrolló entre el 11 de septiembre y el 9 de marzo, cuando se presentó, recibió y respondió una demanda de la SCJN en nombre del Poder Legislativo, sin notificar a los propios integrantes del órgano.

*BC

 

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