Suprema Corte podría anular delito de ciberasedio en Puebla por ambigüedad legal

Estado
SCJN analiza anular el delito de ciberasedio en Puebla por violar libertad de expresión y carecer de claridad legal
Aure Navarro | 12 Abril, 2026
Suprema Corte podría anular delito de ciberasedio en Puebla por ambigüedad legal

Puebla, Pue.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el próximo 14 de abril un proyecto que plantea invalidar el delito de ciberasedio en Puebla. La propuesta busca eliminar el artículo 480 del Código Penal estatal.

El documento fue elaborado por el ministro Giovanni Azael Figueroa, quien argumenta que la norma presenta deficiencias graves en su redacción. Además, sostiene que podría vulnerar la libertad de expresión.

En ese contexto, el pleno decidirá si la disposición es inconstitucional y debe dejar de aplicarse.


Ley de ciberasedio


Falta de claridad en la norma

El proyecto destaca que el tipo penal no define con precisión las conductas que sanciona. Por ello, incumple el principio de taxatividad, que exige claridad en las leyes penales.

Asimismo, advierte que esta ambigüedad permite interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades. En consecuencia, se podría sancionar indebidamente a personas por expresiones en redes sociales.

Aunque la ley establece penas de hasta tres años de prisión, el documento señala que no existe una delimitación clara de los actos considerados delito.

Derechos humanos en el centro del debate

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió la impugnación al considerar que la norma puede criminalizar opiniones. Además, alertó sobre un posible efecto inhibidor en la participación ciudadana.

Por otro lado, el proyecto subraya que el derecho penal debe utilizarse como último recurso. Por ello, considera desproporcionado aplicar sanciones de prisión en estos casos.


Ley de ciberasedio


Mientras tanto, tribunales federales ya han otorgado amparos contra esta disposición, lo que refuerza los argumentos de inconstitucionalidad.

Impacto en Puebla y precedente nacional

De aprobarse el proyecto, el artículo 480 quedaría invalidado en todo el estado. Esto generaría efectos generales y obligaría a revisar procesos en curso.

Asimismo, la resolución podría beneficiar a personas investigadas bajo este delito, al aplicar efectos retroactivos a su favor.

Finalmente, la decisión de la Corte marcaría un precedente clave en la regulación del entorno digital en México. De esta manera, se establecerían límites claros entre la protección contra el acoso y el respeto a la libertad de expresión.

*ARD

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