Padres recibirán 90% de la pensión del IMSS Ley 73

Reporta Gobierno de Pepe Chedraui más de 38 mil visitantes en el Panteón Municipal

La SCJN resolvió que los padres de un trabajador fallecido podrán recibir el 90% de la pensión del IMSS bajo la Ley 73 si dependían económicamente de él.
Redacción | 11 Mayo, 2026
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Puebla, Pue.- El Gobierno de la Ciudad que encabeza el presidente municipal, Pepe Chedraui, informó que el Panteón Municipal registró una afluencia superior a las 38 mil 905 personas durante el operativo especial implementado con motivo del Día de las Madres, superando ampliamente la cifra estimada de 23 mil visitantes contemplada para los días 9 y 10 de mayo, con una jornada con saldo blanco.

Durante estos días, miles de familias acudieron al recinto para recordar y honrar a sus seres queridos en un ambiente ordenado, seguro y con atención integral, desplegando un operativo especial con apoyo de diversas dependencias municipales y estatales, priorizando la atención ciudadana y el correcto funcionamiento de los servicios.

Como parte de este operativo, se habilitaron accesos controlados, módulos de atención, puntos de hidratación, préstamo de cubetas y atención médica, además de servicios de información, mantenimiento, inhumaciones y cremaciones.

Estas acciones permitieron brindar acompañamiento y atención eficiente a las y los visitantes durante uno de los fines de semana con mayor afluencia en el año.

 

 

Con este resultado, el alcalde Pepe Chedraui reafirma su compromiso de continuar fortaleciendo la atención y el mantenimiento del Panteón Municipal, reconociendo la importancia de estos espacios para la memoria, la convivencia familiar y el respeto a las tradiciones que forman parte de la identidad de la capital.

La Dirección de Gestión de Riesgos en materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano realizó recorridos preventivos y acciones de supervisión en el Panteón Municipal y Panteón Jardín, reportando saldo blanco durante las jornadas de sábado y domingo.

Se realizó la inspección de establecimientos para salvaguardar la integridad de todas las personas asistentes. Todas las acciones se llevaron a cabo sin incidentes mayores y en apego a las medidas preventivas establecidas para salvaguardar la integridad de las familias poblanas.

 

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Ley 73 del IMSS cambia: padres tendrán derecho al 90% de la pensión

La Suprema Corte modificó el criterio y ordenó otorgar a los padres el mismo porcentaje que recibe el cónyuge sobreviviente.
Redacción | 11 Mayo, 2026
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los padres de un trabajador fallecido tendrán derecho a recibir el 90% de la pensión del IMSS, siempre que dependieran económicamente del asegurado y no existan cónyuge, concubina o hijos con derecho a ese beneficio.

La resolución representa un cambio relevante para millones de personas que aún cotizan bajo la Ley del Seguro Social de 1973, también conocida como Ley 73, y establece un precedente obligatorio para jueces y tribunales del país.

 

SCJN declara discriminatoria la Ley del Seguro Social de 1973

La Segunda Sala de la Suprema Corte concluyó que la Ley del Seguro Social vulnera el derecho a la igualdad al otorgar porcentajes distintos de pensión según el parentesco del beneficiario.

Antes de este criterio:

  • El cónyuge o concubino sobreviviente recibía el 90% de la pensión.
  • Los padres del trabajador fallecido solo podían recibir el 20%.

La Corte consideró que esta diferencia carece de justificación constitucional cuando los ascendientes dependían económicamente del asegurado.

“La pensión se gesta con el esfuerzo del trabajador, por lo que no puede existir una distinción injustificada entre los beneficiarios”, estableció el máximo tribunal.

 

 

Padres podrán recibir el mismo porcentaje que una pensión por viudez

Con esta decisión, los padres del asegurado fallecido quedan equiparados al cónyuge sobreviviente y podrán acceder al 90% de la pensión.

Para que esto proceda, deberán cumplirse dos condiciones:

  • Que los padres dependieran económicamente del trabajador.
  • Que no existan esposa, esposo, concubina, concubino o hijos con derecho preferente.

El criterio obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social a aplicar esta interpretación en los casos correspondientes.

 

¿Qué significa este fallo para quienes cotizan en la Ley 73?

La decisión beneficia a las familias de trabajadores inscritos bajo el régimen de 1973, que continúa vigente para millones de asegurados en México.

Además, fortalece el principio de que la pensión no es una concesión discrecional, sino un derecho generado por las aportaciones realizadas durante la vida laboral.

En consecuencia, los padres que acrediten dependencia económica podrán reclamar un monto mayor al que contemplaba originalmente la ley.

 

Precedente obligatorio para tribunales y jueces

La resolución de la Suprema Corte crea jurisprudencia obligatoria, por lo que los órganos jurisdiccionales deberán aplicar este criterio en asuntos similares.

Esto significa que, en adelante, los padres del trabajador fallecido podrán solicitar judicialmente el reconocimiento del 90% de la pensión cuando cumplan con los requisitos legales.

 

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