Ang茅lica Patricia Alvarado

Congreso propuso fortalecer la prevenci贸n y atenci贸n de la violencia contra las mujeres

Para contribuir a una actuaci贸n m谩s eficaz, coordinada y con perspectiva de g茅nero: Ang茅lica Alvarado
Redacci贸n | 10 Agosto, 2026
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Puebla, Pue. Con el objetivo de implementar acciones en materia de fortalecimiento institucional y coordinaci贸n para la prevenci贸n y atenci贸n de la violencia, as铆 como contribuir a una actuaci贸n m谩s eficaz, cercana, coordinada y con perspectiva de g茅nero, en beneficio de las mujeres, adolescentes y ni帽as del Estado de Puebla, la diputada Ang茅lica Patricia Alvarado Ju谩rez present贸 una iniciativa.

La propuesta para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla tiene como prop贸sito consolidar las capacidades institucionales de las autoridades encargadas de prevenir, atender, acompa帽ar y canalizar a mujeres v铆ctimas de violencia.

Adem谩s, robustecer la coordinaci贸n entre la Secretar铆a de las Mujeres, la Fiscal铆a General del Estado y los Ayuntamientos; fortalecer la profesionalizaci贸n del personal de primer contacto; as铆 como armonizar la legislaci贸n con las recomendaciones emitidas en el II Dictamen sobre la Implementaci贸n de Medidas de la Alerta de Violencia de G茅nero contra las Mujeres en Puebla.

Con la propuesta, se establece como atribuci贸n de la Fiscal铆a y de la Secretar铆a de las Mujeres participar, en coordinaci贸n con los Ayuntamientos, en acciones permanentes de capacitaci贸n, actualizaci贸n y profesionalizaci贸n dirigidas al personal encargado de la atenci贸n inicial, orientaci贸n, acompa帽amiento, canalizaci贸n e investigaci贸n de casos de violencia contra las mujeres, adolescentes y ni帽as, incorporando perspectiva de g茅nero, derechos humanos, debida diligencia y prevenci贸n de la revictimizaci贸n.

En adici贸n, para la Secretar铆a de las Mujeres, tambi茅n se establece la incorporaci贸n de un enfoque diferencial, de interculturalidad y atenci贸n prioritaria en comunidades ind铆genas, rurales y zonas de mayor vulnerabilidad, en la implementaci贸n de las acciones antes mencionadas.

Para el caso de los Ayuntamientos, se incorpora como atribuci贸n promover, en coordinaci贸n con el estado, la Fiscal铆a General del Estado y la Secretar铆a de las Mujeres, acciones permanentes de capacitaci贸n, actualizaci贸n y profesionalizaci贸n dirigidas a las personas servidoras p煤blicas de primer contacto y a quienes atiendan, orienten, acompa帽en o canalicen a mujeres v铆ctimas de violencia.

Adem谩s, establecer mecanismos de coordinaci贸n territorial y comunitaria para acercar servicios de orientaci贸n, acompa帽amiento, canalizaci贸n y atenci贸n integral a mujeres v铆ctimas de violencia, especialmente en comunidades ind铆genas, rurales y zonas no urbanas, privilegiando la debida diligencia, la no revictimizaci贸n, el enfoque diferencial, la interculturalidad y la protecci贸n de los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y ni帽as.