Casi 90 millones de litros de diésel, tres cargamentos ingresados por el puerto de Tuxpan y alrededor de 593 millones de pesos de perjuicio fiscal están detrás de un proceso que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por una disputa distinta al volumen del combustible: qué autoridad tenía facultades para representar al fisco ante la FGR.
Las operaciones investigadas ocurrieron entre octubre y diciembre de 2019. La Fiscalía General de la República (FGR) abrió las carpetas en 2020, pero las llevó ante jueces durante 2023 y 2024, cuando la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) ya había asumido funciones que anteriormente estaban dentro de la estructura del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El cambio institucional terminó convirtiéndose en el punto decisivo del expediente: un Tribunal Colegiado de Apelación en Veracruz revocó las vinculaciones a proceso de cuatro personas relacionadas con los tres embarques, y la Corte intervino para determinar el alcance de las facultades del SAT y la ANAM en estos procedimientos.
Tres cargamentos concentran 89.2 millones de litros de diésel
Uno de los embarques llegó a Tuxpan en el buque Akeraios con aproximadamente 28.7 millones de litros de diésel. Los registros del expediente señalan que fueron declarados 2.8 millones y que la operación generó un perjuicio fiscal calculado en 205.3 millones de pesos.
Por este cargamento fueron acusados Adrián Esteban Hernández Cristóbal, apoderado legal de Navecopa, y Mario Guijarro Tamayo, administrador de Dersa Oil & Gas.
El segundo caso corresponde al Atlantic Bay, que también transportó aproximadamente 28.7 millones de litros. De ese volumen fueron reconocidos 7.1 millones en la declaración aduanera, mientras que los impuestos omitidos fueron calculados en 173 millones de pesos. En esta causa fue imputado Édgar Marín Meza, presidente de Impulsora de Productos Sustentables.
La investigación del Atlantic Bay es una de las que ya llegó a la Suprema Corte. La síntesis informativa del máximo tribunal refiere una diferencia de alrededor de 21.5 millones de litros de diésel entre el volumen transportado y el declarado.
El tercer embarque trasladó alrededor de 31.8 millones de litros, de los cuales se declararon 4.7 millones. El perjuicio fiscal atribuido asciende a 215 millones de pesos y en ese expediente fue imputada la agente aduanal Patricia Guerra Miranda.
Los tres cargamentos concentran así aproximadamente 89.2 millones de litros y más de 593 millones de pesos en impuestos y derechos atribuidos como perjuicio al fisco.
La ANAM entró en funciones después de las importaciones
Cuando los barcos llegaron a Tuxpan en 2019, las funciones aduaneras estaban incorporadas al SAT. El escenario administrativo cambió dos años después.
El 21 de diciembre de 2021 se publicó el decreto que expidió el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, cuya entrada en vigor quedó fijada para el 1 de enero de 2022.
La nueva agencia recibió carácter de autoridad aduanera y fiscal respecto de los ingresos federales aduaneros, además de asumir la dirección, organización y funcionamiento de los servicios aduanales y de inspección. La reorganización también eliminó de la estructura del SAT a la anterior Administración General de Aduanas.
Para entonces, las investigaciones sobre los cargamentos de Tuxpan ya estaban abiertas, pero las imputaciones fueron presentadas posteriormente.
Ahí apareció el choque procesal: los tribunales consideraron que la FGR debía dar intervención a la Dirección General Jurídica de Aduanas de la ANAM antes de judicializar determinadas causas, por tratarse de la autoridad encargada de representar los intereses aduaneros de Hacienda.

¿Por qué la Suprema Corte intervino en el caso?
El caso de Édgar Marín Meza llegó a la Corte después de que un tribunal revocó su vinculación a proceso por contrabando de combustible.
La SCJN atrajo primero un recurso relacionado con esa determinación y posteriormente, el 27 de mayo de 2026, aceptó revisar un segundo recurso promovido por el SAT. El expediente plantea si el Servicio de Administración Tributaria conserva facultades para representar el interés fiscal de la Federación en delitos de contrabando después de que las competencias aduaneras fueron trasladadas a la ANAM.
El conflicto tiene relación directa con el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación, que reconoce a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como víctima u ofendida en procedimientos por delitos fiscales y establece que, para proceder en determinados casos de contrabando, debe existir una declaratoria de perjuicio al fisco federal.
Una decisión que puede impactar más casos de contrabando
El criterio que adopte la Suprema Corte establecerá cómo deben distribuirse las facultades entre SAT y ANAM en expedientes iniciados bajo la estructura anterior y llevados ante los tribunales después de la reorganización aduanera.
Por eso, la discusión rebasa al Atlantic Bay. Los tres procesos surgieron de operaciones realizadas en 2019, mientras que la FGR presentó las acusaciones cuando la ANAM ya se encontraba funcionando como autoridad aduanera.
El expediente reúne cifras de gran escala: tres buques, 89.2 millones de litros de diésel, cuatro personas procesadas y 593 millones de pesos de perjuicio fiscal atribuido.
La resolución de la Corte marcará el rumbo de estas acusaciones y establecerá un criterio sobre quién puede representar al fisco federal cuando una investigación por contrabando y huachicol fiscal atraviesa el cambio institucional entre el SAT y la ANAM.
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