PAN impugna ante la SCJN el artículo 480 de ciberasedio en Puebla por presunta violación a derechos constitucionales
Por 8 Julio, 2025Puebla, Pue.– El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 480 del Código Penal de Puebla, el cual tipifica el delito de ciberasedio y ha sido calificado por opositores como una ley que vulnera la libertad de expresión.
El recurso fue promovido por el dirigente nacional del PAN, Jorge Romero Herrera, quien aseguró que la “Ley Censura”, como la ha denominado, “le hace honor a su nombre”, ya que pone en riesgo el derecho ciudadano a opinar sin persecución administrativa ni judicial.
El PAN cuestiona si la nueva SCJN defenderá los derechos ciudadanos
Durante su declaración, Jorge Romero recordó que el 1 de septiembre se renovará el Poder Judicial de la Federación, por lo que será la nueva composición de la Corte la que probablemente dictamine el fallo de esta acción de inconstitucionalidad.
El líder panista cuestionó si los nuevos ministros de la SCJN asumirán una postura que garantice los derechos constitucionales o si, por el contrario, se alinearán al poder político vigente.
“Esta ley viola los artículos 6 y 7 de la Constitución que claramente señalan que ninguna opinión puede ser sujeta de inquisición administrativa o judicial”, afirmó.
Legisladores poblanos respaldan la acción legal
Los diputados locales del PAN, Marcos Castro y Rafael Micalco Méndez, acompañaron a Romero Herrera a la sede judicial este 8 de julio para formalizar el recurso. Ambos legisladores han insistido en la derogación del artículo 480, al considerarlo una amenaza directa a las garantías individuales de expresión.
Mientras tanto, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) aún analiza si interpondrá un recurso similar después del 15 de julio.
Gobierno de Puebla defiende artículo con impugnación federal
Este litigio se suma a la controversia legal entre el gobierno estatal y sectores de la sociedad civil. El pasado 4 de julio, la Consejería Jurídica del Estado presentó un recurso de impugnación ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, para revertir la suspensión provisional del artículo 480, medida otorgada el 1 de julio por un juez federal en favor del activista Roberto Celaya Figueroa.
Celaya argumentó que el citado artículo podría usarse para criminalizar opiniones en redes sociales, lo cual, dijo, pondría en riesgo su derecho a la libre expresión.
*ARD