SCJN impide que algún funcionario público asuma la Comisión de Búsqueda de Puebla

SCJN impide que algún funcionario público asuma la Comisión de Búsqueda de Puebla

Esta determinación fue por la queja que interpuso la CNDH de Puebla
Por Aurelia Navarro 27 Septiembre, 2022

Puebla, Pue. Debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional que una persona obtenga la titularidad de la Comisión de Búsqueda del Estado de Puebla sin antes haber sido separado del cargo que ejerce como servidor público, ahora el Congreso local tendrá que modificar dicho ordenamiento.

Lo anterior corresponde al desahogo que se hizo por parte de la SCJN ante la queja que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en la que pidió declarar como invalido el artículo 28, Fracción II de la Ley de Búsqueda de Personas que fue aprobada por la 60 Legislatura.

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De acuerdo al documento expuesto ya por la SCJN específica que entre los ordenamientos que se hicieron ese 27 de septiembre, donde se incluyen disposiciones en Morelos, Baja California, Michoacán, Guanajuato y Puebla en esta última se detalla lo siguiente: "'No haber sido inhabilitada como persona servidora pública' como requisito para ser titular de la Comisión de Búsqueda de esa entidad".

Es importante mencionar que en Puebla, la ley antes referida fue aprobada en septiembre del 2021, durante lo que fue la última sesión de la LX Legislatura del Congreso Local en Puebla.

*JR