Por el susto y asalto merecen más castigo las RATAS que usan armas de juguete

Estado
Iniciativa busca castigar el uso de armas de juguete en delitos en Puebla y endurecer penas por robos con réplicas de armas
Aure Navarro | 23 Junio, 2026
Por el susto y asalto merecen más castigo las RATAS que usan armas de juguete

Puebla, Pue. La diputada de Morena, Ana Lilia Tepole Armenta, presentó una iniciativa urgente en el Congreso local para sancionar de manera específica los delitos cometidos con armas simuladas, luego de señalar que una parte importante de los ilícitos en el estado se realizan con réplicas o armas de juguete.

De acuerdo con estimaciones de autoridades de seguridad, alrededor de 5 de cada 10 delitos podrían estar vinculados al uso de este tipo de objetos, aunque no existe una cifra oficial precisa.

Por el susto y asalto merecen más castigo las RATAS que usan armas de juguete

 

Iniciativa busca castigos más severos por uso de réplicas

La legisladora advirtió que el uso de armas simuladas no debe minimizarse, ya que genera un fuerte impacto psicológico en las víctimas y facilita la comisión de delitos al intimidar o someter a las personas.

En su intervención afirmó: “Intimidar, amenazar, cohesionar o someter la voluntad de una persona, o facilitar la comisión de un delito. No solo genera afectaciones al patrimonio de las personas, sino también a su integridad personal, en una víctima el impacto psicológico producido por una replica de arma de fuego, es equiparable al de un arma real”.

 

Definición legal y marco de sanciones

La propuesta de Ana Lilia Tepole Armenta define como arma simulada cualquier réplica, imitación o juguete que pueda confundirse con un arma de fuego por su apariencia.

El planteamiento se respalda en el Artículo 179 del Código sobre armas e instrumentos prohibidos y en el artículo 380, que regula agravantes en delitos de robo.

Asimismo, se subraya la participación de la Profeco, que puede vigilar la comercialización de juguetes réplica y proceder a su decomiso o destrucción cuando no cumplan con la norma.

Finalmente, el artículo 374 establece que el robo con valor superior a 300 UMAs puede castigarse con penas de 3 a 8 años de prisión, aumentando hasta 12 años si se configuran agravantes.

*BC

 

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