Panista pide tipificar el delito de “explotación laboral” a menores, discapacitados y adultos mayores

Panista pide tipificar el delito de “explotación laboral” a menores, discapacitados y adultos mayores

Aurora Sierra propuso que el delito de “explotación laboral” sea castigado con 2 a 6 años de cárcel
Por Aurelia Navarro 23 Mayo, 2023

Puebla, Pue- La diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN), Aurora Sierra propuso tipificar el delito de “explotación laboral” a menores de 18 años, personas con discapacidad y mayores a 60 años para que el agresor sea castigado con 2 a 6 años de prisión.

Aurora Sierra citó que la sanción se elevaría hasta un 50 por ciento más en caso de que el agresor sea tutor o responsable de alimentos de la persona que tenga a su resguardo.

Explicó que la intención de esta iniciativa es sacar a Puebla de la lista de estados donde se practica la explotación laboral infantil, a personas adultas mayores o con discapacidad.

Lamentó que, a la fecha, ni los derechos laborales, reformas al trabajo, o existencia de sindicatos han podido evitar que siga existiendo este tipo de explotación laboral que atenta contra la estabilidad física-emocional de las personas.

En la exposición de motivos, citó que la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil reveló que en el país son 3.3 millones de niños, niñas y adolescentes trabajando, convirtiendo a México en el segundo país con mayores índices de trabajo infantil.

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“Son actos que violan la intimidad de las personas, sometiéndolos a prácticas que atentan contra su dignidad”, dijo Aurora Sierra.

Más de 2 millones de personas son explotados sin ser excluyentes de edad, y de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) 1 de cada 10 personas han sido víctimas de malos tratos en sus espacios de trabajo, causándoles daño.

En tanto la Organización Mundial del Trabajo estima que 152 millones de niños están sometidos a la explotación laboral infantil. 

La iniciativa que presentó, adiciona al artículo 304 al Código Penal del Estado de Puebla para tipificar el delito de explotación laboral y establecer que, quien cometa este delito al que, por cualquier medio, regentee, administre, induzca u obtenga un beneficio económico a través de la explotación laboral de un menor de 18 años, discapacitado físico o mental, o persona mayor a 60 años, obligándolos a trabajar en calles, avenidas, espacios públicos, o vía de circulación.

 

*ARD