Mundial 2026: negocios podrían recibir multas de hasta 29.3 mdp por transmitir partidos sin autorización

Empresarial
Restaurantes, bares y negocios podrían enfrentar multas de hasta 29.3 millones de pesos por transmitir partidos del Mundial 2026 sin autorización comercial.
Redacción | 5 Junio, 2026
Mundial 2026: negocios podrían recibir multas de hasta 29.3 mdp por transmitir partidos sin autorización

 

Los restaurantes, bares y establecimientos que planean transmitir los partidos de la Copa Mundial de la FIFA 2026 podrían enfrentar severas sanciones económicas si no cuentan con los permisos correspondientes para la exhibición pública de los encuentros.

Especialistas en propiedad intelectual advierten que contratar servicios de televisión por cable o plataformas de streaming no otorga automáticamente el derecho de proyectar los partidos en espacios comerciales. En algunos casos, las multas podrían alcanzar los 29.3 millones de pesos.

 

Ver el Mundial en un negocio no es lo mismo que verlo en casa

De acuerdo con la legislación mexicana en materia de derechos de autor, los titulares de los derechos de transmisión, en este caso la FIFA, son los únicos facultados para autorizar la exhibición pública de los partidos.

La especialista en propiedad intelectual Elia Sampayo explicó que las licencias que adquieren los consumidores al contratar televisión de paga o plataformas digitales están destinadas exclusivamente al uso personal o doméstico.

Por ello, cuando un establecimiento transmite un partido frente a clientes dentro de un restaurante, bar o comercio, la actividad puede considerarse una exhibición pública con fines comerciales.

 

 

Streaming y televisión abierta también tienen restricciones

Otra de las creencias más comunes es que las restricciones únicamente aplican a servicios de televisión de paga.

Sin embargo, especialistas señalan que la normativa protege las transmisiones independientemente del medio utilizado, ya sea televisión abierta, cable, aplicaciones móviles o plataformas digitales.

Incluso servicios autorizados para transmitir encuentros del Mundial, como ViX, establecen en sus términos de uso que el contenido está destinado únicamente al consumo privado y personal.

La plataforma especifica que actualmente no cuenta con derechos de exhibición pública que permitan a empresas, instituciones, negocios o eventos proyectar sus transmisiones ante grupos de personas.

 

El mito de no cobrar entrada para evitar sanciones

Uno de los errores más frecuentes entre propietarios de negocios es pensar que no existe infracción si no cobran una entrada o cuota especial para ver los partidos.

No obstante, especialistas explican que la ley contempla el beneficio comercial indirecto que genera la transmisión de un evento deportivo de gran relevancia.

Si un partido funciona como atractivo para aumentar la afluencia de clientes, prolongar su permanencia o incrementar el consumo de alimentos y bebidas, las autoridades pueden considerar que existe un aprovechamiento comercial de la transmisión.

 

También existen riesgos por mercadotecnia de emboscada

Además de las restricciones relacionadas con la transmisión de los partidos, los negocios deben tener cuidado con el uso de elementos protegidos por la FIFA.

La reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial fortaleció las medidas contra el llamado “ambush marketing” o mercadotecnia de emboscada.

Esta práctica consiste en aprovechar comercialmente la notoriedad de eventos internacionales sin contar con autorización de los titulares de los derechos.

Por ello, utilizar logotipos oficiales, marcas registradas, trofeos, mascotas, imágenes promocionales o cualquier otro activo protegido relacionado con la Copa Mundial puede derivar en procedimientos legales.

 

 

¿De cuánto son las multas por transmitir el Mundial sin permiso?

Según información relacionada con las facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, las sanciones pueden alcanzar hasta 250 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Tomando como referencia el valor vigente de la UMA, la multa podría ascender a aproximadamente 29.3 millones de pesos.

Además de las sanciones económicas, los negocios podrían enfrentar:

  • Clausura temporal de hasta 90 días.
  • Aseguramiento de equipos utilizados para la transmisión.
  • Procedimientos administrativos.
  • Demandas por daños y perjuicios promovidas por los titulares de derechos.

 

IMPI e INDAUTOR son las autoridades facultadas para sancionar

Las especialistas recuerdan que tanto el IMPI como el Instituto Nacional del Derecho de Autor son las instancias encargadas de vigilar el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con propiedad intelectual y derechos de autor.

Tras las reformas legales recientes, el IMPI cuenta con mayores facultades para investigar y sancionar conductas que busquen obtener ventajas comerciales indebidas mediante la asociación con eventos de gran relevancia económica, como la Copa Mundial de la FIFA 2026.

 

¿Qué deben hacer los negocios para evitar problemas?

Los expertos recomiendan que cualquier establecimiento interesado en transmitir los partidos del Mundial verifique previamente si cuenta con licencias de uso comercial.

Asimismo, sugieren revisar cuidadosamente los términos y condiciones de las plataformas contratadas y, de ser necesario, gestionar permisos específicos para exhibiciones públicas.

También es fundamental distinguir entre la transmisión de un partido y la utilización de marcas o elementos oficiales del torneo, ya que ambos aspectos pueden requerir autorizaciones diferentes.

La recomendación principal es consultar con proveedores autorizados y asegurarse de que la licencia contratada contemple expresamente el uso comercial antes de organizar eventos relacionados con la Copa Mundial de la FIFA 2026.

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Multas por transmitir partidos del Mundial 2026 sin autorización
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