MADRE E HIJAS originarias de Huauchinango reciben atención psicológica, jurídica y médica por violencia de pareja

MADRE E HIJAS originarias de Huauchinango reciben atención psicológica, jurídica y médica por violencia de pareja

El SEDIF tiene en resguardo a madre y sus tres hijas por violencia de su pareja, que está acusado de rapto y violación
Por Silvino Cuate 19 Agosto, 2022

Puebla, Pue. Ante el caso de violencia vicaria padecido por Míriam Vázquez en el municipio de Huauchinango, el procurador del menor, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla (SEDIF), Hiram Méndez, informó que tienen en resguardo a sus hijas de 16, 2, y 8 años de edad.

Comentó que la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) dictó una medida de protección en favor de una adolescente de 16 años, y las 2 menores de edad.

Explicó que, se solicitó el ingreso a un centro de asistencia social del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla (SEDIF), en donde se encuentran albergadas, recibiendo apoyo psicológico, jurídico y médico.

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Aseguró que garantizará la integridad física, emocional y la protección de los derechos de las tres hijas de Míriam Vázquez.

Asimismo, dijo que, según las Leyes de Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes, hay un procedimiento de restitución familiar, que se llevará a cabo, y dependiendo de las indagatorias de la Fiscalía, es como se va a concluir.

Cabe mencionar que, según la madre había informado que Ramón, es el hombre acusado de raptar a tres menores de edad en el municipio de Huauchinango, entre ellas, su hijastra Andrea, a quien violó a los 14 años de edad y embarazó, sin embargo, quedó en libertad, por un Juez de Control.

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Según, el Tribunal Superior de Justicia, esto ocurrió, porque en la audiencia el Ministerio Público no presenta pruebas y no demuestra el delito de violación, de tal manera que, la defensa argumentó y comprobó que, el padre no puede ser exonerado del delito y demuestra su culpabilidad, lo que obliga al juez a dictar una resolución apegada a derecho y reclasifica el delito dejándolo en estupro, porque los hechos ocurrieron en el 2020 y la denuncia se hace hasta el 2022.

Por ello que, no es motivo suficiente para dictarle la prisión preventiva y sólo se le dictan medidas cautelares para que el sujeto acuda al juzgado de manera periódica para firmar.

 

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